Interesante Video de mediación y adolescencia.
Enlace: https://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=0pfu3kuSMxo
AMEGA (Asociación de Mediación de Galicia):es una asociación sin animo de lucro formada por profesionales de distintos ámbitos que se constituye con el fin de divulgar y promocionar la mediación como medio adecuado de resolución de conflictos. Este blog nace con el objetivo de promocionar y facilitar la mediación como uno de los métodos de resolución de conflictos más eficaces y potentes que existen.
martes, 30 de abril de 2013
lunes, 29 de abril de 2013
Noticias y Cursos
Noticias y Cursos
domingo, 14 de abril de 2013
Mediación
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA MEDIACIÓN
La mediación es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador. Los mediadores pueden ser alumnos, profesores, padres. No son jueces ni árbitros, no imponen soluciones ni opinan sobre quién tiene la verdad, lo que buscan es satisfacer las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicación y conduciéndolo por medio de unos sencillos pasos en los que, si las partes colaboran, es posible llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.
Experiencias como éstas se están llevando a cabo actualmente en algunos centros educativos y, más allá de la solución a los problemas interpersonales, lo que promueven es un modelo de convivencia más pacífico.
La mediación es VOLUNTARIA, es CONFIDENCIAL, y está basada en el DIÁLOGO.
La mediación puede resolver conflictos relacionados con la transgresión de las normas de convivencia, amistades que se han deteriorado, situaciones que desagraden o parezcan injustas, malos tratos o cualquier tipo de problemas entre miembros de la comunidad educativa.
FASES DEL PROCESO DE MEDIACIÓN
La mediación sigue una seria de fases en las que se promueve la comunicación y el entendimiento entre las partes en conflicto. Enriquece la utilización del reglamento disciplinario del centro, ofreciendo alternativas a través del diálogo, y evitando la pérdida de relaciones interesantes y la vivencia de sentimientos de desencuentro que influyan negativamente en el proceso educativo.
PREMEDIACIÓN: Fase previa a la mediación propiamente dicha, en ella se crean las condiciones que facilitan el acceso a la mediación. En ella se habla con las partes por separado, se explica el proceso a seguir y se solicita su consentimiento para acudir a la mediación.
MEDIACIÓN:
- Presentación y reglas del juego. Fase dedicada a crear confianza entre el equipo de mediación y los mediados, también se presenta el proceso y las normas a seguir en la mediación.
- Cuéntame. Fase en la que las personas que son mediadas exponen su versión del conflicto con los sentimientos que le acompañan. Las partes han de ser escuchadas.
- Aclarar el problema. Fase dedicada a identificar los nudos conflictivos, los puntos de coincidencia y de divergencia del mismo. Se trata de establecer una plataforma común sobre los temas más importantes que han de ser solucionados.
- Proponer soluciones. Fase dedicada a la búsqueda creativa de soluciones y a la evaluación de las mismas por las partes.
- Llegar a un acuerdo. Fase dedicada a definir con claridad los acuerdos. Estos han de ser equilibrados, específicos, posibles. También se suele dedicar un tiempo a consensuar algún procedimiento de revisión y seguimiento de los mismos.
HABILIDADES EN LA MEDIACIÓN
Las principales habilidades para la mediación son:
Escucha activa
- Mostrar interés
- Clarificar
- Parafrasear
- Reflejar
- Resumir
Estructurar
Ponerse en lugar del otro
Mensajes en primera persona
Escucha activa
La escucha activa consiste en esforzarse por comprender, lo más matizadamente posible, lo que las personas están expresando, y que esto sea evidente para ellas. Distintos modos de realizar esta escucha activa son: mostrar interés, aclarar, parafrasear, reflejar, resumir.
- Mostrar interés
Mostrar interés se refiere a las intervenciones realizadas por la persona que escucha estén encaminadas a establecer una relación de cordialidad.
- Clarificar
Clarificar hace referencia a las intervenciones realizadas por la persona que escucha y que permite precisar qué se dijo o sucedió, cómo ocurrió (hechos, datos, etc.) y también, ayudar a ver otros puntos de vista.
- Parafrasear
Parafrasear consiste en repetir en palabras propias las principales ideas o pensamientos expresados por la persona que habla.
- Reflejar
Reflejar consiste en indagar sobre el o los sentimientos que han afectado a la persona que estamos escuchando.
- Resumir
Resumir consiste en agrupar, ordenar y sintetizar la información que da el que habla tanto en relación a sentimientos como a hechos.
Estructurar
Es una habilidad que utiliza el mediador para llevar la conducción de la mediación. Consiste en realizar intervenciones encaminadas a mantener el orden y la dirección del proceso de mediación y alcanzar los objetivos específicos de cada una de las fases, gestionando el flujo y la intensidad de la comunicación hacia la desescalada del conflicto.
Ponerse en lugar del otro
Es una habilidad importante en la mediación que pretende promover entre las dos partes del conflicto expresiones que demuestran a la persona que está hablando que la estamos comprendiendo, haciendo que quien está escuchando repita con sus propias palabras lo que la otra parte nos ha contado.
Mensajes en primera persona
En la medicación debe facilitarse que el que habla se exprese utilizando mensajes en primera persona, intentando comunicar de forma no agresiva la situación que le afecta, diciendo qué sentimientos le produce, explicando por qué le afecta de ese modo y expresando su necesidad o deseo personal.
Un saludo del Presidente de AMEGA
domingo, 31 de marzo de 2013
Noticias y Cursos
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Conferencia sobre el oficio de mediador.
Ana León (Abogada y Mediadora)
Facultad de Derecho (U.V.A.)
E.L.S.A. (European's Law Students' Association).
Marzo 2.013.
1.-El concepto de mediación:
Sara Cobb define la mediación como un proceso no terapéutico, por el que las partes, con asistencia de un tercero neutral, intentan aislar de forma sistemática los puntos de acuerdo y desacuerdo.
El Profesor Daniel Bustelo la define como la intervención de un equipo multiprofesional, no vinculado a las partes, con el objetivo de promover una técnica alternativa a la justicia y en cuyo proceso intervienen profesionales multidisciplinares.
Moore, entiende que la mediación se centra en la intervención de un tercero aceptable, imparcial y neutral en una disputa o negociación para ayudar a las partes a alcanzar su propio arreglo. El mediador es el conductor de la disputa bajo el respeto a la decisión de las partes en el acuerdo.
El Profesor Javier Alés Sioli (abogado y mediador, y profesor universitario), en su introducción a la mediación familiar nos destaca los siguientes rasgos o características:
- Confidencialidad
- Neutralidad
- Voluntariedad
- Objetividad
- Imparcialidad
- Creatividad
Con intervención de un tercero mediador: paciente, sereno, maduro etc.
Acaba definiendo la mediación como un proceso conducido por un tercero, experto en técnicas de negociación, que respetando el derecho a la autodeterminación de las partes para su solución, supone un complemento a la vía judicial o alternativa en su caso.
2.- LA MEDIACIÓN Y SUS DIFERENCIAS CON OTROS TIPOS DE RESOLUCIONES ALTERNATIVAS A LOS CONFLICTOS:
Las A.D.R (Alternative Dispute Resolution),se potencian actualmente en distintos países ante el fracaso actual de los sistemas tradicionales de justicia: la lentitud, la acumulación de expedientes judiciales, es alarmante.
La mediación es distinta a la conciliación, el arbitraje o la negociación, y esto lo podemos ver desde distintos parámetros:
A) Finalidad u objetivo: en la mediación se busca analizar como va a ser el futuro de las partes en conflicto, y se busca la colaboración de las partes y que ambos ganen o saquen mejoras del conflicto. No ocurre así en la negociación. La conciliación es la reconciliación de las partes. El arbitraje se analiza el pasado y un tercero da la razón a una u otra parte.
B) Por el carácter de la intervención en la disputa de un tercero: en la mediación interviene un tercero mediador, que hace de vaso comunicador entre las partes. Controla el proceso. Ayuda a las partes mediante su derecho a la autodeterminación, para que decidan su futuro en el conflicto. Les ayuda a identificar el problema. En la negociación son directamente las partes entre sí quienes gestionan los conflictos. En la conciliación hay n tercero que conoce el mundo jurídico y reúne a las partes, y les conmina a un acuerdo. En el arbitraje el árbitro conforme a su conocimiento técnico en la materia dicta un laudo arbitral de obligado cumplimiento.
C) El proceso o las etapas a seguir: la mediación es anti formal. En la negociación es más informal y sin límites. La conciliación tampoco es muy formal, sin embargo sí lo es el arbitraje (similar al proceso judicial).
D) Quién tiene potestad para resolver: en la mediación son las partes en conflicto quienes resuelven y firman su acuerdo, si bien el mediador o tercero que ha intervenido también lo hace como fedatario del acuerdo. En la negociación las partes llegan al acuerdo o no libremente. En la conciliación resuelven las partes pero ante un tercero, que a veces es un juez. En el arbitraje resuelve el árbitro a través del laudo.
E) Fuerza o valor del acuerdo: en principio los acuerdos firmados tienen fuerza vinculante, igual que los contratos privados. Así ocurre en mediación. Reforma de la L.E.C. ejecutivos y ejecutables. En la mediación el acuerdo privado hay veces que necesita ser presentado ante la autoridad judicial, como en el caso de mediación familiar relativa a convenios reguladores en casos de crisis matrimoniales. En negociación, el contrato es vinculante, y a veces simplemente se hace de forma verbal. En la conciliación cabe la recomendación por persona técnica, judicial por ejemplo, por lo que tiene valor vinculante. En el arbitraje puede ser vinculante el fin del proceso o simples recomendaciones.
F) Un a gran ventaja de la mediación: evita los condicionantes psico-emocionales de los juicios, lo que yo llamo estrés judicial. Y después de resolver los conflictos, se deja una vía abierta para las futuras relaciones entre las partes, ej. Asuntos de familia con hijos comunes.
3.-OBLIGACIONES DEL MEDIADOR.
El mediador no representa ni asiste profesionalmente a ninguna de las partes.
El mediador no recomienda de forma expresa o decide. No está allí para proponer la solución ideal desde su punto de vista.
El mediador debe velar por que el acuerdo no sea injusto ni ilegal. Incluso puede solicitar asesoramiento en este sentido. Puede manifestar su oposición a este tipo de acuerdos, por ejemplo, no pagar las pensiones de alimentos de los menores.
El mediador velará para que no existan supuestos de coacción entre las partes en conflicto. Vela por el equilibrio de las partes.
El mediador puede apreciar casos en que a una de las partes le resulta imposible llegar a tomar decisiones, por ejemplo advierte que una de las partes padece una depresión. Habría que derivarle al especialista correspondiente y suspender la mediación.
El mediador debe hablar de los gastos de la mediación, así como informar de la existencia de un Turno de Oficio de Mediación Familiar en la Junta de Castilla y León.
Obligaciones:
A) Informar claramente antes del inicio del proceso sobre los objetivos, principio y condiciones de la mediación, así como de la naturaleza de esta técnica de intervención.
B) Debe realizar una buena integración inicial con las partes y sus familiares.
C) Debe asegurarse de la firmeza de las decisiones de las partes, antes, durante, y después del proceso.
D) Debe identificar la convivencia de las distintas reuniones con las partes por separado, conjuntas o asistidos por profesionales.
E) Debe incidir en los logros obtenidos durante el desarrollo de la mediación.
F) Debe concretar desde el inicio del proceso el orden prioritario de temas a tratar.
G) Trabajará para eliminar las conductas agresivas entre las partes enfrentadas.
H) Debe evaluar antes de que se tome una decisión todas las consecuencias del acuerdo que pudieran surgir.
I) Estará obligado a fomentar que no se piense durante la negociación solo en uno mismo, sino también en las circunstancias del otro, y sobre todo, en asuntos de familia y menores, las repercusiones para éstos.
J) Debe tener una postura abierta y buscar alternativas a otras posibilidades.
K) Deberá evitar transmitir a los hijos los desacuerdos familiares.
L) El mediador debe controlar el impacto de las influencias exteriores.
M)
4.- LA PREMEDIACIÓN
Se trata de la sesión previa a la realización de una mediación, en ella, se explica a ambas partes conjuntamente en qué consiste la mediación, así como sus principios básicos, y el mediador se asegura de que ambas partes le han entendido, y pregunta a quienes están en conflicto si desean concertar una mediación.
Esta sesión es sumamente importante, ya que en ella está en juego el que las partes concierten el proceso de mediación.
5.- LA MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL
Se puede realizar mediación, antes, durante, y después del proceso judicial.
Generalmente, cuando se hace mediación intrajudicial (por ejemplo en los actuales proyectos piloto de mediación en nuestros Juzgados y Tribunales) se suele solicitar la suspensión del proceso judicial. Si el Juez o Tribunal así lo acuerdan, se suspenden plazos judiciales, pudiéndose realizar la mediación en un más amplio margen de tiempo. Hay veces en las que no se suspende el cómputo de plazos legales, pero se puede aprovechar ese espacio de tiempo para realizar una mediación.
Incluso, después de obtener una sentencia, hay partes que acuden a la mediación, y no a la vía ejecutiva de la sentencia.
6.- EL COMPROMISION DE MEDIACIÓN:
Por medio del documento de compromiso de mediación, las partes asumen el cumplimiento de las normas del proceso de mediación de las que han sido informadas, que son las siguientes:
Confidencialidad: Tanto las partes como el mediador deben mantener en secreto lo tratado en las sesiones de mediación.
as partes aceptan que lo tratado en sesiones de mediación no puede ser aportado como prueba ante el juez en procedimiento judicial.
El mediador no podrá ser citado ni como testigo ni como perito ni se le podrá requerir para que aporte documento alguno sobre el contenido de las sesiones de mediación en cualquier procedimiento judicial o administrativo.
Respeto mutuo: las sesiones se desarrollarán en un clima de cooperación y respeto recíproco sobre todas las opiniones.
Información: con el fin de llegar a acuerdos equitativos, facilitaremos la información y documentación precisa de la que obre en autos.
Desistimiento: las partes, previo aviso pueden desistir de la mediación en cualquier momento.
El mediador podrá abandonar el procedimiento previa comunicación a las partes por alguna de las causas siguientes:
A).- cuando no se respeten las condiciones establecidas.
B).- cuando se aprecie en las partes falta de colaboración.
Gratuidad: el proceso de mediación intrajudicial, actualmente es gratuito para las partes.
En consecuencia, los abajo firmantes declaran que se comprometen a respetar las normas indicadas y expresan su libre y voluntario consentimiento a través de su firma, para iniciar el proceso de mediación del que han sido previamente informados.
domingo, 24 de marzo de 2013
jueves, 24 de enero de 2013
Reflexión del presidente
Este nuevo año nos va a traer luces y sombras a los mediadores, como a todos, esperemos ser capaces de aprovechar la luz para crecer y empequeñecer, en la medida de lo posible, aquellas sombras que se nos presentan en el futuro.
Sin duda, el espíritu de la verdadera mediación no parece que sea lo que busque la administración, nuestra obligación, como profesionales de la mediación es hacer cambiar la situación, haciendo ver y poniendo de manifiesto la diferencia entre un verdadera/o mediador/a, bien formado y conocedor de la mediación, y otro profesional sin la formación adecuada, no dudéis que al final las personas que busquen ayuda para solventar sus conflictos, sin duda, notarán la diferencia y nos buscarán, necesitan encontrar una solución duradera y eficaz para proseguir sus vidas de la forma más feliz posible.
A continuación unas palabras de gran interés y de referencia para todos los mediadores de una gran profesional de la mediación.
Un saludo del presidente
José Antonio Méndez Nóvoa
Presidente de AMEGA
| Los mediadores no existimos |
| MADRID, 21 de ENERO de 2013 - LAWYERPRESS |
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